Informamos de los documentos que los solicitantes tendrán que presentar para pedir las ayudas del alquiler.

Las bases de la convocatoria serán publicadas en el tablón de anuncios del Ayuntamiento un día antes de comienzo de plazo de solicitudes. Dicho plazo se abrirá presumiblemente la semana que viene e informaremos en cuanto tengamos fechas más concretas.

Es importante preparar la documentación antes porque las solicitudes serán atendidas por orden de llegada, aunque el plazo total para presentarlas sea de 10 días hábiles.

Las solicitudes presentadas irán acompañadas de la siguiente documentación (ANEXO I):

  1. NIE acompañado del pasaporte o DNI de la persona solicitante y del resto de miembros de la unidad familiar.
  2. Certificado de empadronamiento en el que aparezcan los miembros de la unidad de convivencia (en la vivienda alquilada).
  3. Contrato de arrendamiento de vivienda habitual y permanente en el término municipal de Almuñécar, suscrito
    por el solicitante.
  4. Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad
    Social, la Agencia de Administración Tributaria y con las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Almuñécar
    (este requisito será comprobado por el Ayuntamiento de Almuñécar; y autorización al Ayuntamiento de Almuñécar de
    la cesión de la información fiscal y tributaria (ANEXO II).
  5. Certificado acreditativo de la titularidad de la cuenta bancaria a nombre del solicitante donde se efectuará el
    ingreso de la subvención.
  6. Declaración responsable del solicitante en el que manifieste bajo su responsabilidad lo siguiente: (ANEXO III)
    6.1. No se encuentra en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17
    de noviembre.
    6.2. Que la persona solicitante de la presente ayuda no dispone de la titularidad o de algún derecho que permita
    usar otra vivienda.
    6.3. Que ningún miembro de la unidad de convivencia posea vivienda principal o secundaria a título de propiedad,
    o sean cotitulares de otros inmuebles de naturaleza urbana o rustica.
    6.4. Que la persona solicitante, no tiene relación de parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad o
    afinidad con la persona arrendadora de la vivienda, o ser su socia o partícipe.
    6.5. Que el solicitante y/o ninguno de los miembros de la unidad de convivencia, sean beneficiarios de
    subvenciones en materia de alquiler de vivienda de otras convocatorias de esta u otra Administración Pública.

Los anexos a los que hacen referencia estos requisitos vendrán adjuntos en las bases cuando las publiquen en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Puede descargarse el documento oficial publicado en BOP de Granada con las bases reguladoras en el siguiente enlace:

Bases ayudas alquiler BOP Granada